29 de marzo de 2017

Publicadas RPTs con las garantías que reclama STAJ

La Consellería se ha quedado sin excusas, porque las garantías que reclama STAJ, además de estar contempladas en la Ley Orgánica, se están aplicando ahora mismo en otros territorios.

Llevamos meses reclamando que incluyan la dotación de personal de cada juzgado en las RPTs, conforme dispone el artículo 437 de la Ley Orgánica, pero la Consellería se niega rotundamente, escudándose en que está haciendo lo mismo que otras comunidades. Por eso nos alegra comprobar que las RPTs publicadas en Andalucía el pasado mes de diciembre contienen un anexo concretando la dotación de personal de cada UPAD o Juzgado (precisamente lo que estamos exigiendo desde STAJ)

Por increíble que parezca, siguen insistiendo en que nuestras RPTs son iguales a las del resto de territorios, algo completamente incierto porque, como puedes comprobar en este enlace, la publicación en el BOE de las primeras RPTs de Burgos, Cáceres y otros territorios también incluía ese anexo con la dotación de personal de cada UPAD o Juzgado.

En resumen: tanto las primeras RPTs que fueron publicadas como las más recientes, contienen las garantías que estamos exigiendo en esta comunidad, y aunque nos consta que algunos territorios no las han incluido, tenemos derecho a exigirlas porque nos ampara la Ley Orgánica. Por ello, no entendemos su negativa a cumplir con el mandato de la Ley y, de hecho, hemos anunciado la interposición de recursos si no lo hacen.

Lo bien cierto es que la Nueva Oficina Judicial es un hecho reconocido en las disposiciones legales vigentes y tenemos que asumir que están legitimados para aplicarla. De hecho, este nuevo modelo se está implantando en todo el estado y se iba a implantar en nuestra comunidad sí o sí, con independencia del acuerdo de garantías que firmamos en mayo (dicho acuerdo nos aporta una subida salarial y otras garantías adicionales, además de las ya contempladas en la ley)

Ahora bien, de la misma forma que nosotros estamos obligados a aceptar el mandato legal, la administración está igualmente obligada a ejecutar todos sus actos dentro del marco de la Ley. Por lo tanto, pedimos de nuevo a la Consellería de Justicia que cumpla con lo dispuesto en el artículo 437 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y concrete en las RPTs la dotación de personal que tendrá cada Juzgado o UPAD. Lo que no sería de recibo es que un Magistrado no pueda saber ni de cuantos funcionarios dispone ni quienes son concretamente dichos funcionarios.


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