18 de septiembre de 2018

STAJ exige mayor seguridad para el personal de justicia

Hemos solicitamos que nos asignen un número de identificación profesional que nos permita identificarnos sin necesidad de dar nuestro nombre y apellidos, de forma similar a los funcionarios de policía o de prisiones, todo ello con el fin de preservar nuestro derecho a la intimidad personal, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Constitución.

En nuestro trabajo despachamos a diario con personas conflictivas y de alto potencial de peligrosidad, lo que puede traducirse en situaciones de peligro dadas las numerosas situaciones de irritación o furia que provocan algunas decisiones judiciales como lanzamientos, órdenes de prisión o detención y otras similares. Máxime cuando dichos usuarios de la justicia tienen derecho a que los funcionarios nos identifiquemos con el fin de presentar posibles reclamaciones.

Cualquier usuario de la justicia, hasta los delincuentes más peligrosos tienen ese derecho en base a la Ley de Procedimiento Administrativo, pero es obligación de la administración que esta identificación se produzca de forma segura para el funcionario y preservando en cualquier caso su derecho a la intimidad, sobre todo en el momento actual, dada la facilidad que dan las redes sociales para difundir de forma irreparable posibles ataques contra los funcionarios si se diesen sus nombres y apellidos.

De hecho, en estos momentos se está produciendo una situación de peligro en un Juzgado de la Comunidad Valenciana, donde una persona, a raíz de la detención que se decretó contra la misma, llegó a amenazar al funcionario que tramita la causa y ha solicitado la identidad personal de dicho funcionario con la excusa de presentar una reclamación contra el mismo.

En consecuencia, hemos solicitado que a la mayor brevedad posible se dote a cada funcionario de justicia de esta comunidad de un número de identificación profesional que permita cubrir con los posibles requerimientos de identificación establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo sin poner en peligro su integridad personal y su derecho a la intimidad consagrado en nuestra Constitución.