A raíz de la reciente
reforma de la Administración de Justicia estamos viviendo la transformación de
los juzgados en Tribunales de Instancia, una reforma que sobre el papel
prometía unificar criterios, ordenar el funcionamiento de las oficinas y acabar
con los llamados “reinos de taifas”.
Sin embargo, lejos de corregir esas
diferencias, se están acentuando, con una implantación desigual, falta total de
información e improvisación constante.
Lo que se anuncia para una fecha
no ocurre y lo que no se comunica acaba pasando. Mientras tanto, los
trabajadores se enteran de los cambios por comentarios, mensajes sueltos o el
ya habitual “me han dicho que…”, generando un auténtico teléfono roto que solo
añade incertidumbre. Y todo ello cuando lo más lógico, sencillo y obligatorio
hubiera sido informar con claridad y antelación, para poder aportar, advertir
de los problemas y trasladar correctamente la información. Pero no, una vez
más, en casa del herrero, cuchillo de palo.
Es cierto que este nuevo modelo
otorga a los LAJS una mayor capacidad de organización y movilidad del personal,
siempre dentro de los límites de una RPT ya de por sí muy limitada en la
Comunidad Valenciana. El problema es que ese margen organizativo no puede
servir de excusa para pasar por encima de las condiciones de trabajo. La
movilidad, la reorganización de espacios, los cambios de puestos o la
redistribución de cargas no pueden hacerse como si estuviéramos moviendo
muebles. Hablamos de personas y de derechos protegidos por la normativa de
prevención de riesgos laborales.