Regulación
Cobro de la carrera profesional
Desde STAJ seguimos luchando para que la cobre todo el personal interino. De entrada tienes a tu favor el artículo 489 de la Ley Orgánica, qué dispone que los interinos tendrán los mismos derechos que los funcionarios y las mismas retribuciones básicas y complementarias.
Además, en este caso todos los sindicatos hemos exigido que se incluya al personal interino y en el acuerdo que firmamos no se excluía absolutamente a nadie, por lo que el no incluirlo ha sido una decisión unilateral de la administración muy discutible, y desde luego recurrible.
A fecha 10 de Abril de 2019 seguimos pendientes de firmar el Acuerdo por el que se incluirá expresamente a todo el personal en el 100% de la carrera durante los próximos años 2020, 2021 y 2022.
Pero este mismo mes tenemos el último tramo de subida correspondiente al acuerdo de 2016, en el que no se excluía al personal interino, aunque la administración está aplicando una interpretación restrictiva y lo está excluyendo.
Nuestro consejo respecto al plan de este 2019 es que presentes un recurso de reposición. Para ello te facilitaremos un modelo y nos encargaremos de todos los trámites, como ya hicimos el año pasado y te contábamos en este artículo:
Cobro del tiempo de interinaje
Cobro de trienios
Cuando cumplas el primer trienio tienes que solicitar que te lo abonen (solamente el primero, los demás te los abonarán conforme los vayas cumpliendo sin necesidad de solicitarlo). Recuerda que si has trabajado en otra Administración pública debes solicitarles el ANEXO 1 y adjuntarlo en tu petición de trienio.
Y enviarlo a órganos centrales.
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