Desplazamientos
temporales por período inferior a ciento veinte días
Desplazamientos temporales (de duración inferior a cuatro meses)
Mugeju presta la asistencia sanitaria en el extranjero a través de la póliza
colectiva de seguros que en la actualidad se encuentra contratada con la
compañía de seguros MAPFRE, en las siguientes situaciones:
·
desplazamientos del mutualista y
de los beneficiarios que se trasladen con él, que se realicen al amparo de una
comisión de servicios de duración inferior a cuatro meses.
·
desplazamientos del mutualista y
de los beneficiarios, por razones no laborales, con una duración máxima de
cuatro meses.
·
desplazamientos por estudios.
Únicamente en el supuesto de desplazamientos realizados por motivo de
destino profesional en el caso de que los gastos sanitarios superen el límite
cubierto por el contrato con la aseguradora o se deban a prestaciones
sanitarias no incluidas en el mismo, Mugeju reintegrará el importe no cubierto
por el contrato mencionado, siempre que se trate de prestaciones incluidas en
su cartera de servicios y con idéntico contenido y cobertura que el establecido
con carácter general para el colectivo de Mugeju.
Para hacer uso de esta prestación el mutualista debe dirigirse
telefónicamente a la compañía concesionaria del servicio. En las delegaciones
provinciales o la oficina central de Mugeju se le facilitará una tarjeta con el
número de póliza colectivo y el número de teléfono de la compañía al que debe
dirigirse en caso de necesitar asistencia médica, así como un certificado
individual del contenido de dicha póliza.
Tarjeta
Sanitaria Europea
Para los desplazamientos temporales en la Unión Europea, Espacio
Económico Europeo y Suiza, los mutualistas y beneficiarios disponen de la
TARJETA SANITARIA EUROPEA que acredita el derecho a recibir prestaciones sanitarias
en idénticas condiciones que los residentes del país de destino, a través de su
Sistema de Sanidad Público, salvo que el desplazamiento tenga por objeto
precisamente recibir un tratamiento médico.
Estados en los que la Tarjeta Sanitaria Europea tiene validez:
·
Países integrantes de la Unión
Europea: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia,
Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia,
Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino
Unido, República Checa, Rumania, Suecia.
·
Países del Espacio Económico
Europeo: Islandia, Liechtenstein, Noruega.
·
Suiza.
Los mutualistas deberán solicitar la TSE, preferentemente en las
delegaciones provinciales o en los servicios centrales, mediante la
cumplimentación del impreso al efecto. Los mutualistas de Madrid, deben
solicitarla en los servicios centrales. Los mutualistas recibirán la TSE en su
domicilio en un plazo aproximado de diez días.
El período de validez de la TSE es de dos años,
Si el viaje es inminente y no se puede esperar a la obtención de una
TSE, el mutualista debe dirigirse a la delegación provincial de Mugeju y
solicitar un Certificado Provisional Sustitutorio (CPS). Para su solicitud no
es necesaria la cumplimentación de impreso, siendo suficiente con que el
mutualista se identifique en la delegación provincial. Asimismo, el titular
puede solicitar el CPS para sus beneficiarios.
A todos los efectos el CPS es una TSE con un formato distinto, produciendo los
mismos efectos y utilidades.
El período de validez del CPS es de 90 días, siendo por lo tanto documento
suficiente para desplazamientos cortos.
Cuando el sistema de sanidad pública del país de estancia en el que se
haga uso de la TSE, esté sometido a algún tipo de financiación parcial por
parte del usuario (sistema de copago), podrá solicitar el reintegro del copago
a través de Mugeju, exclusivamente en el caso de prestaciones de asistencia
primaria, atención especializada, servicios de urgencia, prestaciones
ortoprotésicas y prestaciones complementarias amparadas en el territorio
nacional, con los límites y condiciones de su normativa reguladora.
Normativa e impresos: