9 de enero de 2019
Supresión de los descuentos en las bajas por enfermedad
El próximo día 19 de enero entrará en vigor el art. 504 de la nueva Ley Orgánica y, con ella, la supresión de los descuentos durante los primeros 20 días en las bajas por enfermedad. Desde STAJ hemos solicitado que se aplique con efectos retroactivos desde el pasado Julio en que se publico el Decreto 956/18 que eliminaba los descuentos al resto de funcionarios.
Asimismo, desde la entrada en vigor de dicho artículo de la LOPJ el próximo día 28, se harán efectivos durante la baja enfermedad los nuevos trienios y cualquier otro incremento retributivo que se produzca en ese periodo, tal como preceptúa expresamente el apartado 5 de dicho artículo, que dice como sigue:
"Durante el tiempo de duración de la licencia por enfermedad se aplicará al personal funcionario cualquier incremento retributivo, incluido el abono del perfeccionamiento de los trienios, que le pudiera corresponder si no se encontrase en esa situación de incapacidad temporal"
Asimismo, desde la entrada en vigor de dicho artículo de la LOPJ el próximo día 28, se harán efectivos durante la baja enfermedad los nuevos trienios y cualquier otro incremento retributivo que se produzca en ese periodo, tal como preceptúa expresamente el apartado 5 de dicho artículo, que dice como sigue:
"Durante el tiempo de duración de la licencia por enfermedad se aplicará al personal funcionario cualquier incremento retributivo, incluido el abono del perfeccionamiento de los trienios, que le pudiera corresponder si no se encontrase en esa situación de incapacidad temporal"