Aquellos que se hayan acogido a dichos permisos durante 2018 no deberán realizar ninguna gestión, ya que la AEAT lo tendrá en cuenta de oficio en los datos fiscales de la campaña de la declaración de la renta actualmente vigente.
Un Real Decreto-ley del pasado 28 de diciembre extendió a las personas incluidas en el mutualismo administrativo la decisión de la Sala III de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que en sentencia de 3 de octubre de 2018 determinó que las prestaciones públicas por maternidad y paternidad de la Seguridad Social están exentas del IRPF.
Hay que recordar que pueden solicitar la devolución aquellas personas que hayan disfrutado permisos de maternidad y paternidad durante 2014, 2015, 2016 y 2017.
Asimismo, es importante subrayar que el plazo para solicitar la rectificación de la declaración de IRPF del ejercicio 2014 prescribe el 1 de julio de 2019.