29 de octubre de 2020
Comite de salud laboral: medidas y protocolos de prevención
En la tarde de ayer se mantuvo una reunión telemática con la presencia de la administración, el Invasazt y delegados de todos los sindicatos representativos en el ámbito de justicia de la Comunidad Valenciana. Os resumimos a continuación los puntos que se trataron:
Es obligatoria para todas aquellas personas que accedan a una sede judicial, así como para todo el personal que presta servicio en las mismas, incluidos Magistrados, Fiscales y Lajs.
La Dirección General se ha comprometido a tomar medidas para recordar a todos los usuarios su obligación de utilizar la mascarilla en absolutamente todos los espacios de las sedes judiciales, tanto en las oficinas o despachos como en las zonas de espera, lavabos, pasillos, etc.
Hemos reclamado que se potencie la misma y que se instalen filtros especiales antivíricos. Por la administración se responde que ha realizado una importante inversión en mejorar los sistemas de ventilación, incorporando extractores más potentes en baños o salas que no disponen de ventilación exterior.
Asimismo, por el INVASSAT se está realizando una nueva valoración para mejorar la ventilación de conformidad con las nuevas normativas, primeramente, en las sedes y órganos de difícil ventilación natural,
Respecto a la instalación de filtros antivíricos, manifiestan que no es factible con las máquinas que hay instaladas actualmente. Están intentando que la recirculación de aire sea la mínima y que se potencie la toma de aire exterior, aunque el sistema solamente permite que éste sea un 30% del total.
Por todo ello, es fundamental que mantengáis todas las ventanas abiertas el máximo tiempo posible. Sobre todo ahora que se ha demostrado que la transmisión del virus también es posible a través de aerosoles.
Hemos reclamado a la Consellería que se implante ya mismo la obligatoriedad de que el acceso a las sedes judiciales sea extrictamente con cita previa, tal como establece la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.
Por la administración se responde que es un tema a decidir por cada órgano judicial y no piensa adoptar ninguna decisión en ese sentido, por lo que desde este sindicato estamos valorando la interposición de una denuncia por el flagrante incumplimiento de la citada norma legal en un momento tan grave como el actual.
Hemos reclamado un mayor control en la limpieza de todas las sedes judiciales y por la administración se responde que se han realizado contratos de refuerzo de limpieza con todas las empresas que prestan servicio en esta comunidad, con el fin de que se cubra la limpieza diaria de todas las sedes, incluida una limpieza de las salas de vistas entre un señalamiento y el siguiente.
Hemos solicitado que se dote de mascarillas FFP2 a todo el personal de los SCAC y a todas las personas de riesgo que presten servicio en cualquier órgano judicial.
Se ha reanudado el registro de casos desde el día 6 de los corrientes y hemos solicitado una revisión de los protocolos para que se adecúen a la nueva situación que estamos viviendo.
Según el Servicio de Prevención, presente en la reunión, se manifiesta que el protocolo que están siguiendo es el siguiente: Recibido el aviso de un nuevo caso y el listado de los posibles contactos estrechos, se confirman dichos contactos estrechos para comunicarlo a Salud Publica y al Centro de Salud oportuno. Asimismo se traslada dicha información via email al afectado para que se dirija a su centro de salud a los efectos de practicarle la prueba de PCR.
En caso de ser mutualista de Mugeju, también hay que acudir al centro de salud más cercano, que es el obligado a practicarle dicha prueba PCR (es importante acudir con tu número de SIP y es importante que todo el mundo lo solicite si todavía no dispone del mismo)
Las personas catalogadas como contacto estrecho no deben ir a trabajar y no necesitan pedir ninguna autorización para ello, debiendo quedar confinadas en su domicilio hasta que les realicen la PCR y transcurra el periodo de cuarentena, que es de 10 días a contar desde el inicio de los síntomas.
Si la persona positiva ha estado trabajando dentro de las 48 horas anteriores a ser diagnosticada, se activa un protocolo de limpieza del órgano judicial.
Hemos reclamado que se realice una comprobación de temperatura a cada persona que acceda a un edificio judicial, pero la administración responde que no es una medida eficaz al no detectar a las personas asintomáticas. Podría ser una medida viable en la Ciudad de la Justicia, pero no es factible en el resto de sedes