5 de noviembre de 2020

Forma de actuar por los MUTUALISTAS ante el COVID-19

Desde Salud Pública, nos han hecho llegar un documento que resume la manera de actuar ante el covid-19 para los mutualistas en la Comunidad Valenciana.

Los mutualistas, ante síntomas compatibles con COVID-19 contactarán con la entidad que tienen asignada para la prestación de la asistencia sanitaria.

Asistencia a través del Sistema Valenciano de Salud (SVS)

Se contactará con  el centro  de  atención  primaria  (CAP) más cercano  al  domicilio  o  con  el servicio de prevención de riesgos laborales (SPRL) que les corresponda.

Si  es con  el CAP, a  ser  posible mediante teléfono,  se  le  asignará SIP si  fuera  necesario y  el equipo  de atención primaria  (EAP) se  encargará de  la cita  para  la  PCR u  otra  técnica  de  diagnóstico adecuada, así como de la comunicación  del  resultado  al posible  caso. Si  es positivo harán  su seguimiento y el de sus contactos no laborales.

Si  es con  el  SPRL,  el  médico  del  trabajo  comunicará  a  través  del portal SPRL   de   SISVEL   el   caso   de   sospecha   de   COVID-19 al EAP, cumplimentando  el correspondiente  formulario contenido  en  el módulo COVID-19,  que  incluye  el  informe  con  la  solicitud  de  la PCR. El EAP se  hará cargo del posible caso, como en el apartado anterior.

Asistencia a través de entidad médica Privada (ASISA, ADESLAS,..)

Nos pondremos en contacto con  la  entidad privada correspondiente, para  la atención  sanitaria  y  si  es  necesario  la realización  de  la  PCR (u  otra  técnica  de diagnóstico molecular que se considere adecuada) en las primeras 24 horas. La entidad se encargará de comunicar el resultado al posible caso, y si es positivo hará su seguimiento,  y  el  médico  además  hará  la  declaración obligatoria urgente del caso.

La  entidad  que  realice  la atención sanitaria indicará a  cada  una  de  estas personas la obligación  de aislamiento  inmediato y  les darán  las  recomendaciones  a  seguir  a  la espera del diagnóstico y se informará al SPRL que corresponda.

Baja médica

Se  utilizará  el  mismo procedimiento que la persona mutualista haya venido utilizando.

Si la prestación de la asistencia  sanitaria  es  a  través  del  Sistema  Valenciano  de  Salud  (SVS)  será  el  médico del  CAP  que  le  corresponda  el que firmará  el documento de  baja que al  efecto aportará la  persona  solicitante. Si  la  asistencia  es  por  entidad  privada  será  el  médico de esa entidad.

Coste de la asistencia sanitaria realizada por el SVS

Los  casos  confirmados  cuya asistencia  sanitaria corresponda a  entidad  privada será  facturado  a  la entidad  que corresponda.

Búsqueda, estudio y seguimiento de los contactos laborales.

Lo realizará el SPRL correspondiente a partir de que conozca o sea informado de que, hay  un  caso  sospechoso  de  COVID-19 (Ver protocolo de comunicación establecido por la DGJ).  

Las actividades de identificación de los posibles contactos estrechos en el entorno laboral, su  estudio,  información y  el  seguimiento  de  los  mismos  se harán siguiendo las actuaciones  establecidas  para  ello  en  la Estrategia  de  detección  precoz,  vigilancia  y control de COVID-19, las especificaciones para los SPRL y de adaptación a la Comunitat.

Búsqueda, estudio y seguimiento de los contactos  no laborales.

Se encargará la Conselleria  de  Sanidad  Universal  y  Salud  Pública.

En estos casos, la gestión de la baja médica,  se hará igual que según se ha indicado anteriormente, es decir, si la prestación de la asistencia sanitaria  es  a  través  del  SVS  será  el  médico  del  CAP el que  firmará la baja. Si  la asistencia es por entidad privada será el médico de esa entidad