16 de julio de 2021

Flexibilidad horaria para todos

 

Desde STAJ hemos presentado un escrito a la Dirección General para que la flexibilidad horaria llegue a todos; y ello, lo decimos porque nuestros compañeros de los SCPAGs no pueden llevarla a cabo, ya que están obligados a permanecer hasta las 15.00h. para la recepción de escritos, ya sea en horario normal, en vacaciones, o en semana de fiestas locales, Semana Santa o Navidad.
Es por lo que ni siquiera se cumple la posibilidad de adaptar la parte flexible del horario a su criterio, tal y como reza el punto segundo 2 B de la Resolución de 17 de julio de 2006 de la Dirección General de Justicia sobre calendario laboral que establece la posibilidad de flexibilización del horario entre las siete treinta y las nueve horas. y, entre las catorce y las diecinueve horas.

Si esa imposibilidad viene por la obligación que establece la L.E.C en su art. 135.5, que establece la posibilidad de presentación de escritos y documentos, sujetos a plazo, hasta las quince horas del día hábil siguiente al vencimiento del plazo, no es menos cierto, que el mismo artículo aboga por la utilización de medios telemáticos o electrónicos y, que hoy en día, cobra mayor importancia dada la digitalización en la administración de justicia que se pretende y que reduce la presentación de esos escritos a la mínima expresión por lo que la permanencia hasta las quince horas pierde todo su sentido. 

Por ello, solicitamos a la Dirección General que flexibilice el horario de nuestros compañeros de los SCPAGs cuanto menos en vacaciones, semanas de fiestas, Semana Santa y Navidades o bien, se retribuya de conformidad con lo que establece el punto once de la citada resolución para el caso de horarios especiales.