Igualmente, nos comunican que si bien se indica en la resolución que la opción para que el personal pueda acogerse al Programa de Actuación debe ejercerse en el plazo de un mes desde la fecha de sus efectos (1 de agosto), atendido el período vacacional en el que nos encontramos, por parte de esta Dirección General no existe inconveniente en recibir hasta final del mes de septiembre las comunicaciones en ejercicio de este derecho.
En este sentido se informa que las mismas pueden remitirse al correo electrónico de la Sección de Nóminas: nominas_justicia@gva.es
STAJ ha sido el único sindicato que desde el principio solicitó que se incluyeran todos los juzgados exclusivos de VSM, y si bien es cierto que damos la bienvenida a cualquier complemento retributivo que mejore las condiciones de nuestros compañeros, consideramos esta medida insuficiente y un agravio comparativo con el resto de juzgados que también conocen de la materia; por ello hemos reclamado insistentemente que si bien, lo que vende ahora políticamente son los Juzgados de Violencia, también, se tomen medidas para mejorar la situación de los Juzgados encargados de enjuiciar las causas que los JVM instruyen (J. de lo Penal y Secc.1ª de la A.P.) así como los J. de lo Penal de ejecutorias que se encuentran a día de hoy desbordados; hasta el momento, la Dirección General ha hecho caso omiso a nuestras peticiones, pero desde este sindicato seguiremos denunciando y reclamando lo que consideramos que es justo.