El Ministerio de Hacienda ha llegado a un acuerdo, en el marco de la Mesa General de negociación de Función Pública, con los sindicatos UGT y CCOO para el incremento salarial durante el período 2022-2024.
El acuerdo prevé que a la subida general de 2022 del 2% que ya se nos aplicó en enero de este año, se sume un incremento fijo del 1,5% con carácter retroactivo desde 1 de enero 2022. Este 1,5% acumulado desde enero se recibirá en nómina a finales de año.
En 2023 el incremento será del 2,5%, y en 2024 el incremento será del 2%.
En total, el Acuerdo prevé un incremento salarial fijo del 6% en 3 años (no un 8% como se dice, puesto que de ese 8% un 2% ya lo tuvimos desde enero de este año)
Asimismo, se prevé una Parte variable de subida sujeta a condicionantes. Al incremento para 2023 se podría sumar un porcentaje variable doble, de un 0,5% vinculado a que el PIB supere el 5,9% que parece bastante difícil de alcanzar y otro 0,5% si el IPC acumulado de 2022 y del IPC armonizado adelantado de septiembre de 2023 supera el 6%.
Respecto de 2024 al incremento fijo del 2% se podría añadir un 0,5% si el IPC acumulado de 2022,23 y 24 supera el 8%.
Lo que ya podemos afirmar con rotundidad es que para este año 2022, la suma del 2% que ya se nos aplica desde enero más el 1,5% con efectos retroactivos de este acuerdo (total 3,5%) se traducirá ya en el presente ejercicio en una nueva pérdida de poder adquisitivo para los trabajadores públicos, teniendo en cuenta que el IPC en 2022 puede alcanzar el 9,1% según las previsiones de la OCDE.
Lo mismo podemos afirmar del incremento pactado para 2023 en cuanto a su parte variable (0,5%+0,5%) y del de 2024 (0,5%) vinculados a variables de PIB e IPC. Para 2023 el Ministerio de Economía prevé un crecimiento del 2,1% por lo que el 0,5% adicional vinculado a PIB se firma a sabiendas de que no se va a cumplir. El 0,5% vinculado a la inflación acumulada de 2022 y 2023 si esta supera el 6% supone que la subida seria del 3% pero el IPC superaría el 6% con lo que como mínimo se perderían 3 puntos más de poder adquisitivo.
Y respecto del 0,5% adicional al 2% fijo para 2024 si el IPC acumulado del período 2022-2024 alcanza el 8%, lo que equivaldría a una economía en la UCI y sería una tomadura de pelo para los trabajadores públicos al limitar su subida al 2,5% total y la inflación por encima del 8% lo que implicaría como mínimo otros 6 puntos de pérdida de poder adquisitivo.
Desde STAJ manifestamos nuestro absoluto rechazo a la oferta salarial acordada por el gobierno porque precariza aún más las retribuciones de los funcionarios de la Administración de Justicia y al resto de trabajadores públicos, que ya sufrimos una pérdida del poder adquisitivo superior al 20% pérdida que va a incrementarse estos años con una inflación muy por encima de la subida pactada.
El triunfalismo de los firmantes, en línea con buena parte de los medios de comunicación afines al Gobierno sólo se explica gracias a las generosas subvenciones de dinero público que reciben unos y otros, estas sí, en continuo aumento año tras año, (este año un 22%) que ya nos gustarían para nuestro sueldo.
Esto no disculpa a otros actores que si bien no han firmado ningún preacuerdo, deben hacer valer desde ya, su caccareado liderazgo para evitar que esto se consume, se aclaren cuestiones como la jornada laboral, clasificación profesional, digitalización, diálogo social, etc.., y se consigan los siguientes objetivos anunciados:
"Derogación del Real Decreto-ley 8/2010 para recuperar la estructura salarial de las pagas extras.
Supresión de las reglas de contención de gasto a los efectos de que las CCAA puedan proceder a la devolución a sus empleados públicos de las pagas extras de ejercicios anteriores pendientes de su reintegro.
Habilitación de fondos para corregir las desigualdades retributivas entre los EEPP, actualización de dietas, incremento de la indemnización por residencia,
Incremento de los haberes reguladores de las pensiones de clases pasivas, así como el inicio de tramitación de la jubilación anticipada para grupos o actividades profesionales cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa.
Supresión de la tasa de reposición.
Modificación de la promoción interna flexibilizando la misma y la regulación con carácter excepcional del concurso de méritos.
Modificación de la promoción interna flexibilizando la misma y la regulación con carácter excepcional del concurso de méritos.
La movilidad voluntaria como mecanismo prioritario de provisión de puestos de trabajo.
El incremento de financiación a las Mutualidades para la prestación de una asistencia sanitaria adecuada."
Y que sus movilizaciones previas, no se queden en una simple mascarada para justificarse