La resolución establece que podemos disfrutar de jornada reducida los 5 días (5 horas al día, de 9:00 a 14:00 horas) o bien, 3 días de trabajo en jornada normal (5:30 horas en horario fijo y el resto flexible, como siempre), 1 día de compensación y el quinto día en jornada reducida (lo que exceda de las 5 horas, incrementará el crédito horario) o se puede pedir de asuntos o vacaciones.
En caso de querer acogerse a un día de compensación y uno de jornada reducida, hay que solicitarlo a través de Cronos, en solicitud de permisos y licencias, "Semana Festiva: día de horario reducido" y "Semana Festiva: día de compensación". Recordamos que se puede pedir de compensación y de jornada reducida cualquiera de los 5 días, no siendo necesario realizar previamente los de jornada completa.