Se recogen 12 fiestas laborales de 2025 que tendrán carácter retribuido y no recuperable y que serán las siguientes: 1 y 6 de enero, 19 de marzo, 18 y 21 de abril, 1 de mayo, 15 de agosto, 9 de octubre, 1 de noviembre y 6, 8 y 25 de diciembre.
Este calendario se completará por las corporaciones locales de la Comunitat Valenciana, a las que corresponde determinar dos fiestas de carácter local, de manera que se alcancen los 14 festivos que indica el Estatuto de los Trabajadores.