6 de agosto de 2026

Solicitud a la DGJ de plazas en excedencia de promoción interna para aspirantes del turno libre

 

Este Sindicato ha procedido a presentar escrito en el día de hoy solicitando a la Dirección General de Justicia y Autogobierno de la Comunidad Valenciana que cumpla con la normativa establecida en los artículos 28.3 y 29.2 del RD 1451/2005, de 7 de diciembre y ofrezca las plazas dejadas en excedencia en promoción interna a los aspirantes de turno libre.


El artículo  28.3 del citado RD establece: "Los puestos de trabajo no ocupados por los funcionarios de promoción interna a que se refiere el apartado 2 del artículo 29 de este reglamento, serán ofertados a los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo por el turno libre."

Asimismo el artículo 29.2 del mismo determina: "Los funcionarios que accedan a un nuevo cuerpo por el turno de promoción interna y que opten por continuar en activo en el cuerpo de procedencia no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión comuniquen, en su caso, al órgano correspondiente del Ministerio de Justicia o de las comunidades autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial."


Esperamos que la Dirección General de Justicia actúe con responsabilidad, respete la legalidad vigente y demuestre empatía con los opositores. No pedimos privilegios ni interpretaciones a medida, exigimos sencillamente que se cumpla lo que la ley establece. Seguiremos atentos a la resolución.