En resumen, las principales modificaciones son las siguientes:
1º.- Aprobar la oposición sin plaza ya no dará una prioridad absoluta, pero casi.
Lo sustituyen por una puntuación igual a la máxima por antigüedad, si bien es cierto que en el momento que cesen y hayan trabajado más de un año, irán al final de la bolsa.
La puntuación que pretender dar por este tema equivale a casi 14 años de antigüedad. También aumentan diez puntos la puntuación por aprobar el primer examen de una oposición.
Desde STAJ siempre hemos exigido y seguimos exigiendo que la antigüedad sea el mérito más importante, porque la experiencia es fundamental si pretendemos que la persona que sea nombrada interina en un juzgado empiece a realizar correctamente su trabajo desde el primer día.
2º.- No se pedirá ningún requisito para la primera bolsa
Y en las siguientes no será necesario que superes ninguna cifra en el primer examen de la oposición si tienes más de cinco años de antigüedad.
3º.- Se podrán consultar en su web las plazas que te ofertarán y el motivo que las origina.
De esa forma podrás preveer el tiempo que durará cada nombramiento y tomar tu decisión antes de acudir a la reunión de elección de plaza.
4º.- La garantía mínima de trabajo se reduce a un año
Es decir, que solamente pasas al final de la bolsa cuando hayas sumado como mínimo un año completo de trabajo. O sea, que si trabajas solamente unos meses, pasarías al principio de la bolsa. Siguen negándose a incluir nuestra exigencia de que este plazo se mantenga al menos como está.
5º.- Los periodos de reclamaciones también se reducen a un año
Y se limita a las oficinas que tengan menos de 25 funcionarios del cuerpo en cuestión. En este tema vuelven a negarse a incluir nuestra petición de que las reclamaciones se mantengan como ahora.
Todo esto nos lo han dicho de palabra y todavía no tenemos por escrito el texto completo de la nueva orden de bolsas. En el momento tengamos más información os la haremos llegar de inmediato.