13 de septiembre de 2018

Atención a personas mayores. Desde STAJ reclamamos mayor flexibilidad

Actualmente tenemos derecho a la modificación de la parte fija del horario para atender a menores de 14 años o a personas discapacitadas que convivan con nosotros, pero no podemos pedirlo si estamos haciéndonos cargo de un familiar en posesión de un grado de dependencia.

Esto es así porque la figura de la dependencia se creó con posterioridad a la regulación de plan concilia, no estando contemplada en ninguno de los supuestos que permiten la modificación de la parte fija del horario.

Sin embargo, es una situación bastante habitual que tengamos que hacernos cargo de personas mayores que no conviven con nosotros, pero que dependen enteramente de la ayuda que les prestamos a diario, antes o después de acudir al trabajo.

Por ello, desde STAJ efectuamos hace meses una reclamación a la Dirección General de Justicia solicitando que se ampliasen los supuestos de modificación de la parte fija del horario a estas situaciones de dependencia y reclamado que se tenga por causa reconocida para dicha modificación el ser descendiente, directo o indirecto y hasta el tercer grado de una persona a la cual se le haya reconocido algún grado de dependencia, y sin necesidad de que convivan en el mismo domicilio.

Lamentablemente, la Consellería nos ha respondido de forma negativa, alegando que ese derecho no está contemplado en la normativa de rango superior. En consecuencia, hemos iniciado una reclamación de ámbito nacional con el fin de que se modifique dicha normativa y se incluya en la misma la posibilidad de modificación de horario en las referidas situaciones de dependencia.

Hay que tener en cuenta que con posterioridad a la Resolución que regula estos permisos, se dictó la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, y que actualmente más de la mitad de los funcionarios tiene una edad comprendida entre los 50 y los 60 años, con lo cual sus padres tienen en la mayoría de los casos entre 70 y 90 años (según consta en el reciente Plan de Igualdad de la Administración de Justicia en la Comunidad Valenciana)

Las sociedades evolucionan y sus necesidades también, y desde STAJ seguiremos luchando para extender la flexibilidad horaria a todas las personas que atiendan a sus mayores dependientes, tanto si conviven con ellas como si no.