4 de diciembre de 2019

Acumulación de días de permiso a días de vacaciones


Los días de permiso por asuntos particulares de 2019 se pueden acumular a los días hábiles de vacaciones que se disfruten de forma independiente (que como sabéis pueden ser hasta un total de siete). Así lo ha reconocido la Dirección General de Justicia en respuesta a una reclamación realizada desde STAJ en base a ese derecho reconocido en el Estatuto Básico del Empleado Público.


En contestación a la consulta efectuada, la Subdirección de Modernización de la Justicia realiza la siguiente aclaración:

La Instrucción de 12 de mayo de 2016, de la Dirección General de Justicia, por la que se establece el régimen de vacaciones, permisos y licencias para los cuerpos de gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa, auxilio judicial y médicos forenses al servicio de la Administración de Justicia de la Comunitat Valenciana, establece, en el punto 1 del apartado VACACIONES, que "sin perjuicio de lo anterior, y siempre que las necesidades del servicio lo permitan, de los días de vacaciones previstos en esta Instrucción se podrá solicitar el disfrute independiente de hasta 7 días hábiles por año natural, los cuales tendrán la misma consideración y régimen que los días de asuntos particulares".

Por lo tanto, es posible acumular los días de permiso por asuntos particulares de 2019 a los 7 días hábiles de vacaciones que se disfruten de forma independiente

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