8 de junio de 2020

Instrucciones para el acceso del público y profesionales

La regla esencial es la de permitir siempre el acceso a los profesionales y ciudadanos mientras no se encuentre completo el aforo correspondiente a cada sede y se justifique la necesidad o interés legítimo en el acto o actuación de que se trate.

Así lo ha decidido hoy la Comisión de Seguimiento del TSJ, en la que también estaba presente la Consellera de Justicia, y en la que asimismo se ha dispuesto lo siguiente:

Queda sin efecto el sistema de acceso que ha venido denominándose de “cita previa”

Al objeto de gestionar el aforo máximo tendrán preferencia de acceso: (i) los profesionales y ciudadanos que acudan con la correspondiente citación judicial o de fiscalía al acto o actuación a realizar y (ii) los profesionales que presenten email o documento de citación a hora concreta obtenido previamente del órgano judicial, fiscalía, SOJ u OSL previa petición a los mismos por correo electrónico o por teléfono.

Se realizarán de forma telemática o telefónica todas las consultas o trámites que resulten factibles y siempre que quede garantizada la identidad del comunicante.

Se solicita de los respectivos Decanos efectúen la correspondiente comunicación a todos los órganos judiciales de su partido de las anteriores pautas; ello sin perjuicio del protocolo que la Administración prestacional, facilitará en breve (hoy mismo o, de no ser posible, mañana)