17 de septiembre de 2020

Aprobada una nueva Ley de medidas procesales y organizativas

La norma, de medidas urgentes y excepcionales con motivo de la pandemia por Covid, incorpora posibles modificaciones en nuestros horarios y sistemas de trabajo, así como la posibilidad de que una persona sea asignada a otro órgano judicial y la creación de otros nuevos. El proyecto de ley no ha entrado todavía en vigor, su tramitación ya ha pasado por el Congreso y el Senado y su publicación definitiva puede ser inminente. Las modificaciones que contempla son:

1º.- Hasta el 20 de junio de 2021 inclusive, los secretarios coordinadores provinciales podrán asignar a los funcionarios de Justicia funciones en unidades u órganos que radiquen en el mismo municipio y que pertenezcan al mismo orden jurisdiccional. En ningún caso implicará variación de retribuciones y la decisión de asignación se adoptará, en todo caso, mediante resolución motivada.

2º.- Todos los actos procesales, se realizarán preferentemente mediante presencia telemática. Se podrá acordar también la emisión de las vistas mediante sistemas de difusión telemática de la imagen y el sonido.

3º.- Hasta el 20 de junio de 2021 inclusive, los informes médico-forenses podrán realizarse basándose únicamente en la documentación médica. Del mismo modo podrán actuar los equipos psicosociales de menores y familia y las unidades de valoración integral de violencia sobre la mujer.

4º.- Hasta el 20 de junio de 2021 inclusive, la atención al público y a los profesionales se realizará por videoconferencia, por vía telefónica o a través del correo electrónico….. Para aquellos casos en los que resulte imprescindible acudir a la sede judicial o de la fiscalía, será necesario obtener previamente la correspondiente cita.

5º.- Se podrá transformar los órganos judiciales pendientes de entrada en funcionamiento en órganos judiciales que conozcan exclusivamente de procedimientos asociados al COVID-19.

6º.- Hasta el 20 de junio de 2021 inclusive, se podrán establecer jornadas de trabajo de mañana y tarde para todos los servicios y órganos jurisdiccionales.

7º.- Se promoverá la creación de al menos cien nuevas unidades judiciales en un plazo de tres años, de las cuales al menos un tercio se crearán en el primer año, con la finalidad de adecuar la planta judicial a las necesidades derivadas de la crisis provocada por la COVID-19.

8º.- Las Administraciones competentes en materia de Justicia dotarán a todos los órganos, oficinas judiciales y fiscalías de los medios e instrumentos electrónicos y de los sistemas de información necesarios y suficientes para poder desarrollar su función eficientemente. Estos sistemas serán plenamente accesibles y operativos sin necesidad de que los usuarios se encuentren físicamente en las sedes de sus respectivos órganos, oficinas o fiscalías, con respeto a las políticas internas que garanticen el derecho a la desconexión digital.

¡STAJ exige la negociación inmediata de todo lo que suponga una modificación de nuestras condiciones laborales!


Las medidas más polémicas son la que afecta a nuestros horarios de trabajo (por lo que exigimos que los posibles turnos sean siempre de tipo voluntario) y, sobre todo, la que permite al Secretario Coordinador asignarnos un juzgado diferente al que estamos destinados.

Estas medidas serán en todo caso de carácter urgente, provisional y limitado por motivo de la pandemia. Con lo cual se demuestra lo que hemos repetido hasta la saciedad en este blog. Es decir, que en circunstancias normales el Secretario Coordinador no tiene ninguna facultad para mover a nadie de un juzgado a otro, como han intentado imponernos en la implantación de la NOJ sin ninguna base legal. Por ello tenemos en marcha varios recursos contencioso administrativos contra las RPTs y contra el proceso de acoplamiento llevados a cabo en los juzgados de esta comunidad.