13 de octubre de 2020
Campaña de vacunación de la gripe
La campaña de vacunación de la gripe 2020-2021 se va a desarrollar en el marco de la actual pandemia de Covid-19. Para evitar noticias confusas sobre la presente campaña de vacunación, MUGEJU recuerda a los mutualistas que el sistema garantiza el cumplimiento del calendario común vigente desde 2018.
Este año, la compra de vacunas se ha realizado de manera centralizada desde el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas. El suministro de las dosis necesarias de vacunas en la campaña de gripe, que comenzará próximamente, está asegurado tanto para los mutualistas de opción pública como para los de entidad concertada. El acceso a estas vacunas será, como en la campaña anterior, a través de los centros de vacunación, públicos o concertados, según la cobertura del mutualista. El acceso a través de oficinas de farmacia estará limitado al haber un suministro restringido.
Grupos de riesgo
En el caso de la vacuna contra la gripe, los mutualistas de opción Pública (INSS) deberán contactar con su médico o centro de salud. Los mutualistas adscritos a alguna de las entidades concertadas deberán contactar con su centro de referencia, y será el facultativo correspondiente quien prescriba la administración de la vacuna a los pacientes incluidos en los grupos de riesgo. Debe tenerse en cuenta que es necesario un informe del facultativo para personas de riesgo que no sean mayores de 65 años o la edad fijada por la CC.AA. en caso de ser inferior.
Cada entidad debe informar a los mutualistas sobre el calendario, centros y horarios en los que se llevará a cabo la vacunación, disponiendo de los medios necesarios para ejecutar los programas preventivos incluidos en la Cartera de Servicios.
Oficinas de Farmacia
Si la adquisición se realizara en la Oficina de Farmacia, debe tenerse en cuenta que el o la mutualista deberá abonar el precio íntegro de la vacuna y, posteriormente, con la factura de la farmacia, solicitar el reintegro íntegro de la misma a la entidad a la que esté adscrito. Tendrá derecho a reintegro siempre y cuando tenga más de 65 años o la edad fijada por cada CC.AA. en caso de ser inferior o pertenezca a grupo de riesgo, y así esté expresado en el informe médico correspondiente.