Por parte de la Dirección General de Justicia nos trasladan a las organizaciones sindicales la nueva resolución sobre ampliación del periodo de disfrute de los días de asuntos propios y vacaciones. En la misma se comprende lo ya adelantado en la mesa sectorial celebrada ayer, un copiar-pegar de lo establecido para el Ministerio hace semanas.
18 de diciembre de 2020
Asuntos propios y vacaciones, nueva resolución.
De los días de asuntos particulares, tres podrán disfrutarse hasta el 31 de Marzo de 2021. Respecto a los días de vacaciones, sólo en el caso de que, solicitados por el trabajador, se hubiesen denegado por necesidades del servicio o que se cause un perjuicio en el servicio al cogerlos en diciembre o enero, se podrán también coger hasta el 31 de marzo. Se han ignorado nuestros argumentos a favor de dar flexibilidad a los trabajadores para gestionar sus propios períodos de descanso a pesar de que los afectados, al final, serán los administrados y el servicio que se ofrece a los mismos. Son muchos los compañeros pendientes a los que les quedan días que no podrán disfrutan antes del 31 de enero, o que deberán meterlos con calzador a pesar de la carga de trabajo. Una vez más el sentido común brilla por su ausencia.>Ver Resolución