4 de julio de 2022

Asistencia sanitaria en el extranjero

Ahora que se acercan vacaciones, conviene recordar la cobertura sanitaria cuando salimos al extranjero. Por un lado tenemos la tarjeta sanitaria europea (TSE), cuya cobertura se extiende tanto al personal titular como al interino y,  por otro, la póliza contratada por MUGEJU con la compañía de seguros IRIS GLOBAL, cuya cobertura se extiende solo a titulares y beneficiarios.


Tarjeta Sanitaria Europea:

La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) es el documento personal e intransferible, de carácter gratuito, que acredita el derecho a recibir las prestaciones sanitarias que resulten necesarias durante una estancia temporal en el territorio del Espacio Económico Europeo, Reino Unido o Suiza, en idénticas condiciones que los residentes del país de destino, a través de su sistema público de sanidad (salvo que el desplazamiento tenga por objeto recibir un tratamiento médico). El período de validez de la TSE es de dos años.

Si el viaje es inminente y no se puede esperar a la obtención de una TSE, debe solicitar el Certificado Provisional Sustitutorio (CPS), que se obtendrá de manera inmediata en la Sede Electrónica de la MUGEJU. El CPS tiene la misma validez jurídica que la TSE, pero su período de validez es de 90 días.

Cuando el sistema público de sanidad del país en el que se haga uso de la TSE esté sometido a algún tipo de financiación parcial por parte del usuario (copago), se podrá solicitar su reintegro a la compañía IRIS GLOBAL.

- Estados en los que la TSE tiene validez:

Países de la Unión Europea.

Países del Espacio Económico Europeo: Islandia, Liechtenstein y Noruega.

Suiza.

Reino Unido.

- COMO SE SOLICITA

Los mutualistas deberán solicitar la TSE y el CPS a través de la sede electrónica de la Mutualidad General Judicial. El CPS se obtiene de manera inmediata y la TSE se recibirá en el domicilio en un plazo máximo de diez días.

INICIAR TRÁMITE

En caso de que no pueda realizar estos trámites a través de la sede electrónica, puede dirigirse a las Delegaciones Provinciales o a los Servicios Centrales de MUGEJU y presentar el impreso de solicitud cumplimentado de la TSE, o identificarse para solicitar el CPS propio o de sus beneficiarios.

Impreso de solicitud de TSE/CPS

Más información sobre la Asistencia Sanitaria en el Extranjero en la página de MUGEJU

 

Mutualistas y beneficiarios desplazados por un período inferior o igual a 120 días.

MUGEJU presta la asistencia sanitaria en el extranjero a través de la póliza colectiva de seguros que en la actualidad se encuentra contratada con la compañía de seguros IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros S.A., en los siguientes supuestos:

a) MUTUALISTAS DESTINADOS FUERA DEL TERRITORIO NACIONAL POR UN PERÍODO INFERIOR O IGUAL A 120 DÍAS. Este colectivo tiene derecho a la prestación sanitaria con un contenido análogo al que se facilita en territorio nacional, de acuerdo con la cartera de servicios de asistencia sanitaria de MUGEJU.

La asistencia de carácter urgente y no demorable se prestará en la forma y condiciones establecidas en el contrato suscrito con la compañía de seguros IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros S.A.

Para hacer uso de esta prestación el mutualista debe dirigirse telefónicamente a IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros S.A llamando a: 

Teléfono +34 91 572 43 43 haciendo referencia al número de póliza 42546.

En el caso de asistencia no cubierta por el mencionado contrato de seguros o si el gasto de la asistencia superara el límite reflejado en el mismo, MUGEJU reintegrará el importe del exceso de gasto, hasta el límite del contenido y cobertura de su cartera de servicios, previa presentación del impreso de solicitud y de la documentación justificativa.

b) MUTUALISTAS Y SUS BENEFICIARIOS DESPLAZADOS TEMPORALMENTE POR RAZONES NO LABORALES, DURANTE UN PERÍODO INFERIOR O IGUAL A 120 DÍAS.

Este colectivo tendrá derecho durante un período máximo de 120 días, (en caso de desplazamientos por estudios, sin limitación temporal)  a la asistencia sanitaria de carácter urgente y no demorable en el país de desplazamiento, en la forma y condiciones establecidas en el contrato suscrito con la compañía de seguros IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros S.A. Transcurrido dicho período, no procederá reintegro alguno de gastos.

Para hacer uso de esta prestación el mutualista debe dirigirse telefónicamente a IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros S.A.,  llamando al teléfono +34 91 572 43 43 haciendo referencia al número de póliza 42546.

> Coberturas Póliza IRIS GLOBAL 


a) Teléfono de solicitud de asistencia 34.91.572.43.43

Al realizar la llamada, se debe indicar:

- Número de póliza. (42546)

- Nombre y apellidos.

- Dirección y número de teléfono de donde se encuentra .

- Descripción del problema o situación planteada.


b) Datos para solicitar el reembolso de los gastos, cuando por fuerza mayor no se haya podido solicitar la autorización previa

El mutualista podrá solicitar el reembolso de los gastos dirigiéndose por escrito a la compañía de seguros IRIS GLOBAL, dirigido a la direccion c/ Julian Camarillo, 36, 28037 Madrid, indicando los siguientes datos y aportando la siguiente documentación:

- Motivos por los que no contacto con la central de asistencia

- Número de póliza (42546)

- Originales de las facturas o comprobantes de los gastos reclamados

- Informe médico en el que se haga constar el diagnóstico de la enfermedad y en su caso la necesidad de ser repatriado

- Certificado de defunción y documentación que acredite el grado de parentesco con el finado para los casos de repatriación por fallecimiento de un familiar


La fecha de efecto y vencimiento de la cobertura es desde las 00:00 horas del 01/01/2022 a las 24:00 horas del 31/12/2022.


En resumen:

Para países dentro de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo y Suiza, la cobertura la proporciona tanto la TSE (para funcionarios encuadrados en MUGEJU y para funcionarios encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social, y sus respectivos beneficiarios), como la póliza de IRIS GLOBAL (para funcionarios encuadrados en MUGEJU y sus respectivos beneficiarios).

Para países fuera de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo y Suiza la cobertura sanitaria la proporciona IRIS GLOBAL, pero sólo para funcionarios encuadrados en MUGEJU (y sus beneficiarios).