29 de enero de 2024

Creación del juzgado de ejecutorias de Castellón

 

Acuerdo de 24 de enero de 2024, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye, en virtud de lo previsto en el artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al Juzgado de lo Penal n.º 5 de Castellón de la Plana el conocimiento, con carácter exclusivo y excluyente, de la ejecución de las resoluciones dictadas por el resto de los juzgados de lo penal con sede y constituidos en el partido judicial de Castellón, así como la ejecución de las resoluciones dictadas por los juzgados de instrucción en el ámbito de las diligencias urgentes de la provincia, con excepción del partido judicial de Vinaroz.

Primero.

Atribuir en virtud de lo previsto en el artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder 

Judicial, al Juzgado de lo Penal n.º 5 de Castellón de la Plana el conocimiento con 

carácter exclusivo y excluyente de la ejecución de las resoluciones dictadas por el resto 

de los juzgados de lo penal con sede y constituidos en el partido judicial de Castellón, así 

como la ejecución de las resoluciones dictadas por los juzgados de instrucción en el 

ámbito de las diligencias urgentes de la provincia, con excepción del partido judicial de 

Vinaroz.

Segundo.

Este acuerdo de especialización entrará en vigor a partir de la fecha de entrada en 

funcionamiento del Juzgado de lo Penal n.º 5 de Castellón de la Plana, prevista para el 

próximo 31 de enero de 2024.

Tercero.

Los juzgados afectados continuarán conociendo hasta su conclusión de todos los 

procesos que estuvieran pendientes ante los mismos.