La nueva medida solicitada consiste en que en aquellos juzgados donde no sea posible la modalidad de trabajo no asistencial por parte de los afectados por la DANA (bien por decisión de sus superiores o bien por que la actividad judicial no lo permite atendiendo a la naturaleza de la misma) se designen con URGENCIA refuerzos que sean necesarios.
Desde STAJ consideramos que es una medida necesaria y totalmente complementaria a la ya adoptada por la DGJ en relación al trabajo no presencial.