Os recordamos que este año se permite el cambio extraordinario de entidad médica. La solicitud se podrá realizar durante el mes de febrero y el cambio será efectivo a partir del 1 de marzo de 2025. Opciones:
Este cambio extraordinario pueden efectuarlo todos los mutualistas. Dentro de este periodo extraordinario de febrero, no se permitirá modificar la solicitud una vez realizada, por lo que recomendamos a los mutualistas que se aseguren de que la entidad indicada en el formulario es la correcta.
Las solicitudes deberán realizarse, preferentemente, a través de la sede electrónica de MUGEJU (acceder a la pestaña “online” y pulsar el botón “iniciar trámite”). Las personas mutualistas en activo, deberán realizar las solicitudes a través de medios electrónicos, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las personas pensionistas o que puedan justificar problemas de acceso a los medios electrónicos, podrán presentar las solicitudes presencialmente en las oficinas de MUGEJU o en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Recordamos que en las oficinas de Madrid (C/ Fuencarral, 45) y Barcelona (C/ Roger de Flor, 62) es necesario solicitar cita previa. Aquellas personas que acudan sin cita previa serán atendidas después de aquellas que sí tengan cita y como máximo hasta las 14h.