Ante las múltiples consultas y dudas planteadas respecto al funcionamiento de la jornada reducida durante las fiestas de la Magdalena os informamos:
Este año 2025 el día de San Pedro (29 de junio) cae en domingo, por lo que se pasa ese festivo al viernes de Magdalena día 28 de marzo. Por tanto, este año 2025 será festivo en Castellón tanto el lunes de Magdalena (21 de marzo) como el viernes 28 de marzo.
Los días para efectuar las distintas opciones serán exclusivamente estos 5 días: 21, 25, 26, 27 y 31 de marzo de 2025.
Opciones:
1.- Trabajar los cinco días en jornada reducida de 9.00-14.00h. (Todo el exceso horario se acumula para el mes siguiente)
Si decides acudir a trabajar todos los días en jornada reducida, no se solicita la jornada reducida en Cronos puesto que ya se entiende así al fichar los cinco días.
2.-Trabajar tres días en jornada completa, cogemos un día libre como día de compensación y trabajamos un día a jornada reducida
Debemos indicar en Cronos cúal es el DÍA DE COMPENSACIÓN (*) y también debes indicar cúal es el DÍA DE JORNADA REDUCIDA (**).
Los días que trabajemos en jornada completa el exceso horario se acumula de la forma habitual y basta con fichar en Cronos para que se compute el tiempo.
3.- Trabajar tres días en jornada completa, cogemos un día libre como día de compensación y cogemos un día de vacaciones o asuntos
Los días que trabajemos en jornada completa el exceso horario se acumula de la forma habitual y basta con fichar en Cronos para que se compute el tiempo.
Debemos indicar en Cronos cúal es el DÍA DE COMPENSACIÓN (*) y cúal es el día que coges como Vacaciones o Asuntos. En este caso, no se debe indicar en Cronos el día de Jornada Reducida porque el programa Cronos ya lo entiende así.
4.- Trabajar dos días en jornada reducida y coger tres días de asuntos o vacaciones.
Debes indicar en Cronos los días que solicitas de Asuntos o Vacaciones, pero no debes solicitar los días de jornada reducida, bastará con fichar dentro del horario 09.00h -14.00h para que todo el exceso horario pase al mes siguiente.
5.-Trabajar un día en jornada reducida y coger cuatro días de asuntos o vacaciones
Debes indicar en Cronos los días que solicitas de Asuntos o Vacaciones, pero no debes solicitar el día de jornada reducida, bastará con fichar dentro del horario 09.00h -14.00h para que todo el exceso horario pase al mes siguiente.
6.- Cinco días de vacaciones o asuntos y VISCA LA MAGDALENA!
Os recordamos que los 5 días de Asuntos y/o Vacaciones que habilitó la DGJ para poder disfrutar más allá del 31 de enero finalizan el 31 de marzo.
(*) DÍA DE COMPENSACIÓN
Solicitud a través de Cronos (solicitud de permisos > semana festiva: día de compensación).
(**) DÍA DE JORNADA REDUCIDA
Solicitud a través de Cronos (solicitud de permisos > semana festiva: día de jornada reducida)
El horario es de 09’00h a 14’00h. Todo el exceso horario lo podrás disfrutar el mes siguiente (Abril).
JORNADA COMPLETA.
Los días que trabajamos a jornada completa el tiempo trabajado se computa de la forma habitual. Es decir, tenemos una parte de horario fijo de presencia obligatoria de 5´30 horas (a realizar entre las 8´30 y las 14´30, salvo plan concilia) y una parte flexible de 1’20 horas que puedes cumplirlo, dentro del mismo mes o del siguiente, los días que mejor te vengan (entre las 7´30 y las 9’00 ó entre las 14’00 y las 19’00)