En 2024 hubo un error en el cálculo de la antigüedad computable a efectos de encuadramiento en Plan de Actuación de Carrera Profesional de ese año. Por cada 360 días se nos contó un año, en lugar de hacerlo por cada 365 días. Como consecuencia, a todo el mundo se nos computó más antigüedad de la que realmente teníamos.
Qué supone este error?
En la mayoría de los casos ese cómputo erróneo no supone ningún problema ya que no afecta al encuadramiento, pero ha habido unos 77 casos, en toda la comunidad, en los que el haber contado más antigüedad de la que realmente tenían, ha supuesto que a esas personas se las encuadrara en un grupo superior al que realmente le correspondía o se la encuadrara por primera vez cuando aún no le tocaba.
Cuáles son las consecuencias?
Ese encuadramiento, indebido, en un grupo al que no se pertenecía, provocó que las personas afectadas cobraran un importe superior al que deberían haber cobrado y que, ahora, la Dirección General de Justicia les esté notificando una resolución en la que se les informa del error y se les requiere para la devolución de la diferencia entre lo que cobraron y lo que debían haber cobrado, únicamente referido a 2024.
Qué debo hacer si me encuentro en esa situación?
Si eres una de las personas que ha recibido esta notificación, revisa tu carpeta ciudadana y ponte en contacto con cualquiera de los sindicatos.
Nos encontramos ante un despropósito más en que la administración traslada las consecuencias de su error al personal que no ha tenido nada que ver con el mismo, eludiendo su propia responsabilidad, y sin tener en cuenta la jurisprudencia que señala que no debe de ser la persona administrada, máxime cuando ha actuado de buena fe, la que pague las consecuencias de los errores de la administración.
Por ese motivo, los sindicatos nos hemos unido y hemos elaborado un recurso único, que ponemos a disposición de todas las personas afectadas, tanto si están afiliadas como si no
