Integración en receta electrónica
Durante el estado de alarma decretado con ocasión de la crisis sanitaria internacional provocada por la propagación del COVID-19, las comunidades autónomas y las tres mutualidades administrativas han arbitrado soluciones provisionales alternativas. Sin ser un sistema permanente, sino ligado a la crisis sanitaria y el estado de alarma, en todas ellas salvo en Madrid se garantiza que el mutualista hará la aportación económica que le corresponde según medicamento en el ámbito MUGEJU.Se integró en el Servicio Valenciano de Salud: a partir del 27 de marzo de 2020
Los mutualistas adscritos a dichp Servicios de Salud, podrán acudir a las oficinas de farmacia ubicadas en estas CCAA, provistos de su Tarjeta Sanitaria Individual, para que les dispensen los productos farmacéuticos prescritos en el sistema de receta electrónica, pudiendo de este modo obtener sus productos farmacéuticos en las mismas condiciones económicas que con el anterior sistema de receta en papel de MUGEJU.
Realización de test diagnósticos
PARA LA DETECCIÓN DEL NUEVO CORONAVIRUS (SARS-CoV-2), Y PARA LA DETECCIÓN DE ANTICUERPOS.
Las pruebas diagnósticas del coronavirus se realizarán por los servicios públicos de salud gestionados por las Comunidades Autónomas o por las entidades médicas (EEMM) concertadas con MUGEJU, siempre que se prescriban por un facultativo, de acuerdo con las directrices, instrucciones y criterios acordados al efecto por la autoridad sanitaria competente, en los siguientes casos:
Persona con un cuadro clínico de infección respiratoria aguda que se encuentre hospitalizada o que cumpla criterios de ingreso hospitalario.
Persona con un cuadro clínico de infección respiratoria aguda de cualquier gravedad que pertenezca a alguno de los siguientes grupos: (a) personal sanitario y socio-sanitario, (b) otros servicios esenciales.
Se podrá considerar la realización del test diagnóstico en personas especialmente vulnerables o residentes en instituciones cerradas que presenten un cuadro clínico de infección respiratoria aguda independientemente de su gravedad, tras una valoración clínica individualizada:
> Procedimiento
Está indicada la utilización de los test para el diagnóstico de detección de anticuerpos para el diagnóstico de COVID 19 en:
Ámbito hospitalario.
Ámbito extrahospitalario:
- Residencia de personas mayores y centros sociosanitarios.
- Instituciones penitenciarias:
En el ámbito comunitario, si está garantizada la capacidad de realizar PCR, se podrá plantear la utilización de estos test en pacientes con alta sospecha clínica de varios días de evolución tras el inicio de síntomas.
> Guia test diagnósticos
Cabe destacar que en estos protocolos no se contempla la realización de test serológicos o pruebas PCR en personas asintomáticas.
MUGEJU no reintegra el coste de los tests de diagnóstico.
Si se ha realizado la prueba a través de medios privados, el/la mutualista podrá solicitar su reintegro a la entidad médica a la que esté adscrito/a, reintegro que solo procede si existió prescripción facultativa y la prueba se realizó ateniéndose a los criterios fijados en los protocolos para el diagnóstico del COVID 19 del Ministerio de Sanidad mencionados.
La realización de tests serológicos o pruebas PCR que se hayan de practicar a los mutualistas, en el ámbito de su relación laboral de vuelta al trabajo activo, se han de llevar a cabo, en su caso, en el marco de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales.
> VER INFORMACIÓN COMPLETA SOBRE ESTAS Y OTRAS MEDIDAS DE MUGEJU
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