31 de julio de 2020
Próxima caducidad certificados para teletrabajar
Desde la DGJ nos han remitido una comunicación, relativa a la próxima caducidad de los certificados ligeros para las conexiones VPNs así como la guía de conexión remota elaborada por la DGTIC.
Desde el momento en que se decretó el estado de alarma, la Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones habilitó una serie de mecanismos para facilitar que los usuarios pudieran trabajar desde sus domicilios, incluso con sus propio medios domésticos, como si estuvieran en la oficina judicial correspondiente.
Este tipo de conexiones han de garantizar el máximo nivel de seguridad y, para ello, se requiere la utilización de certificados digitales.
En ese periodo se puso en marcha una solución, fuera de los estándares habituales, que permitió de forma ágil que el personal dispusiera de unos certificados “ligeros” que le permitieran teletrabajar de forma inmediata.
Una vez que el estado de alarma ha finalizado se ha de abandonar este mecanismo y volver a la situación normal, en la que los usuarios deben utilizar los certificados que ofrezcan máximas garantías de seguridad.
Por ello, estos certificados ligeros van a caducar el próximo 30 de septiembre.
Para poder teletrabajar y conectarse a través de la VPN habilitada por la GVA para el teletrabajo es necesario disponer de un certificado digital emitido por la ACCV o del DNIelectrónico.
Nota informativa sobre la caducidad de los certificados
Guía de conexión remota elaborada por la DGTIC
Desde el momento en que se decretó el estado de alarma, la Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones habilitó una serie de mecanismos para facilitar que los usuarios pudieran trabajar desde sus domicilios, incluso con sus propio medios domésticos, como si estuvieran en la oficina judicial correspondiente.
Este tipo de conexiones han de garantizar el máximo nivel de seguridad y, para ello, se requiere la utilización de certificados digitales.
En ese periodo se puso en marcha una solución, fuera de los estándares habituales, que permitió de forma ágil que el personal dispusiera de unos certificados “ligeros” que le permitieran teletrabajar de forma inmediata.
Una vez que el estado de alarma ha finalizado se ha de abandonar este mecanismo y volver a la situación normal, en la que los usuarios deben utilizar los certificados que ofrezcan máximas garantías de seguridad.
Por ello, estos certificados ligeros van a caducar el próximo 30 de septiembre.
Para poder teletrabajar y conectarse a través de la VPN habilitada por la GVA para el teletrabajo es necesario disponer de un certificado digital emitido por la ACCV o del DNIelectrónico.
Nota informativa sobre la caducidad de los certificados
Guía de conexión remota elaborada por la DGTIC