Comprueba que te han computado correctamente la antigüedad; tanto la que tienes en tu actual cuerpo, como la de cuerpos anteriores o el tiempo de interinaje en su caso (más abajo te detallamos como lo tienes que hacer en cada supuesto)
Resolución
Tiempo servido en cuerpos anteriores
A los que hayan promocionado a lo largo de su vida laboral, se les tiene en cuenta el tiempo servido en cuerpos anteriores a los efectos de calcular su antigüedad total. Lo hacen aplicando los siguientes coeficientes reductores:A los gestores les cuentan el tiempo en tramitación con el coeficiente 0´64 y en Auxilio con el 0´51. A los Tramitadores que fueron Auxilio se les computa ese tiempo al 0´80.
Personal interino o titulares que lo han sido
Si es tu caso, tienes a tu favor el artículo 489 de la Ley Orgánica, qué dispone que los interinos tendrán los mismos derechos que los funcionarios y las mismas retribuciones básicas y complementarias.
Nuestro consejo es que presentes un recurso de reposición. Para ello te facilitaremos un modelo y nos encargaremos de todos los trámites, como ya hicimos el año pasado y te contábamos en este artículo: Cobro del tiempo de interinaje
Tanto si no te están computando correctamente la antigüedad como si te están abonando una cantidad incorrecta, no dudes en ponerte en contacto con nosotros para que te facilitemos la solución idónea.