Vacaciones
Son 22 días laborables por cada año trabajado. Con quince años de servicio te corresponden 23 días, con veinte años de servicio 24 días, con veinticinco años 25 días y con treinta o más años 26 días.
Del total de días, hay siete que puedes disfrutarlos sueltos (como si fueran días de permiso). El resto tienes que cogerlos en periodos de al menos siete días naturales (se exceptúan los Juzgados de Instrucción y Violencia, en los cuales entra de guardia toda la plantilla y que por ese motivo pueden coger todos los días de vacaciones sueltos)
Las vacaciones se pueden disfrutar hasta el 31 de Enero del año siguiente y 10 días deberán solicitarse preferentemete en el periodo del 1 de Junio a 30 de septiembre
En caso de que no hayas podido disfrutarlas durante el año natural por estar de baja, de permiso de maternidad, paternidad o incapacidad temporal, podrás hacerlo hasta dieciocho meses después de haber terminado el año (por ejemplo, si hablásemos de las vacaciones del 2021, se podrían disfrutar por dichas causas hasta junio del 2023 inclusive)
PERSONAL INTERINO: Te corresponden las proporcionales al tiempo trabajado y el redondeo es siempre a tu favor. OJO: te interesa disfrutarlas antes de cesar porque no te los pagarán a no ser que tu Secretario certifique que no pudiste disfrutarlas por necesidades del servicio.
Permisos por asuntos particulares
Para el año 2021 tendremos 11 días de asuntos particulares, ya que se compensan con dos días mas, llegando al máximo a pesar de tener tres festivos en sábado. Es importante tener en cuenta que no pueden acumularse a las vacaciones.
Además hay que añadir los que te correspondan por antigüedad: dos días más a partir de la fecha que cumplas el 6º trienio, y otro día adicional por cada nuevo trienio que cumplas a partir del 8º inclusive.
PERSONAL INTERINO: Te corresponden los proporcionales al tiempo trabajado y el redondeo es siempre a tu favor. OJO: te interesa cogerlos antes de cesar porque no te los pagarán a no ser que tu Secretario certifique que no pudiste disfrutarlos por necesidades del servicio.
Se pueden disfrutar hasta el 31 de Enero del año siguiente.
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Días festivos
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Instrucción sobre vacaciones, permisos y licencias.
Solicitud de vacaciones estivales
Solicitud de vacaciones individual
Solicitud permisos
Solicitud licencias y reducciones de jornada
Órganos gestores para tramitación de vacaciones, permisos y licencias
Solicitud acumulación permiso de lactancia
Solicitud de modificación parte fija del horario (Concilia)
Plan de igualdad
Grados de parentesco
1º) Padres, suegros, hijos, yernos o nueras.
2º) Abuelos, Hermanos, Cuñados, Nietos
3º) Bisabuelos, tíos, sobrinos, biznietos
4º) Primos
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