• Potenciación del protocolo de actuación para las conformidades en juicio.
• Creación de órganos de enjuiciamiento de guardia.
• Asunción por la Agencia Tributaria de toda la ejecución dineraria líquida, sea cual sea su naturaleza.
• Profundización en la colaboración interinstitucional en materia de ciberseguridad.
• Actualización y puesta en marcha de los sistemas y recursos informáticos a disposición del Ministerio Fiscal y de los órganos judiciales.
• Adecuación tecnológica y refuerzo en la seguridad de los sistemas informáticos y aplicaciones con los que cuenta el Ministerio Fiscal, incluida la creación de una aplicación que garantice la transmisión de información y comunicaciones internas entre todos los integrantes de la Carrera Fiscal.
• Impulso de la Justicia Digital, unificando y mejorando las soluciones digitales para todo el territorio nacional.
• Impulso de un Protocolo entre la FGE y el CGPJ a fin de garantizar la utilización del sistema de videoconferencias en todos los órdenes jurisdiccionales.
• Regulación del flujo de escritos que acceden vía LexNet para evitar el colapso del sistema.
• Reducción de los Juzgados que asumen competencias no exclusivas en materia de violencia sobre la mujer. Reagrupación y especialización.
• Finalización de la formación inicial de la 58ª promoción de fiscales.
• Elaboración de un plan de contingencia para la carrera fiscal y provisión de equipos y medios de protección individual.
• Adopción de medidas que garanticen la naturaleza pública de las vistas orales.
• Potenciación de la celebración de las vistas penales con la comparecencia por videoconferencia de los acusados.
• Establecimiento de un sistema de señalamiento y aviso para que la espera para juicio evite aglomeraciones o concentraciones de ciudadanos/as.
• Potenciación del papel de los Registros Civiles como fuente de información en la crisis del coronavirus.
• Creación de la Sede Electrónica de la Fiscalía General del Estado.
En esta primera entrega de propuestas se incluye una mención especial a la derogación del sistema de plazos de instrucción del artículo 324 de la Ley de enjuiciamiento criminal, pues solo entorpece la acción de la justica y favorece la impunidad del delito.
Ver publicación en la web de la Fiscalía General
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