8 de junio de 2018

Aprobadas las RPTs de Alcoy y Mislata

En el BOE de hoy se publica la orden por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo de estos dos partidos judiciales.


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En STAJ estamos indignados y perplejos por esta publicación, ya que, como sabéis, reclamamos a la Consellería la paralización de la NOJ hasta que sea resuelto el recurso contencioso administrativo que interpusimos contra las RPTS. Todo ello con el fin de evitar los graves perjuicios que se producirían si suprimen los puestos de trabajo actuales y nos mueven de una forma que puede ser invalidada por dicho recurso.

Los motivos alegados en nuestro recurso y en la solicitud de paralización de la NOJ son los que ya hemos expuesto en reiteradas ocasiones y resumimos a continuación:

1º.- Las RPTS no contemplan la dotación de puestos de cada juzgado o tribunal, por lo que no cumplen con lo establecido por el artículo 437.4 de la LOPJ:

2º.- Las indicadas RPTS no permiten la integración del personal en las distintas unidades, por lo que no respetan lo dispuesto en el art. 521.1 y 2 de la LOPJ.

3º.- Dichas RPTS vulneran las garantías jurídicas de los funcionarios judiciales respecto a sus puestos de trabajo establecidas en el art. 495.1, e impiden el correcto acoplamiento preceptuado en la Disposición Transitoria 4º de la Ley 1/2009.

4º.- Su falta de concreción de puestos deja vacíos de contenido el artículo 528 de la LOPJ y el 65 del Reglamento que lo desarrolla.

A la vista de estas irregularidades, hemos solicitado que se declaren no conformes a derecho las RPTS y que se proceda a la inmediata paralización de la Nueva Oficina Judicial en todos los juzgados y tribunales de la Comunidad Valenciana, hasta en tanto no sea resuelto el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra las relaciones de puestos de trabajo, y ello con el fin de evitar los graves perjuicios que se producirían en dichos órganos judiciales en el caso de que se continúe con una fase de acoplamiento que puede ser invalidada por el citado recurso.