3 de abril de 2020

Última hora: Consellería de Justicia

Teletrabajo, sistemas de prevención, disponibilidad o presencia, planes de choque, conciliación y exenciones por patologías, juzgados de paz, interinos, mamparas…son algunos de los temas tratados en la reunión celebrada en la tarde de ayer por videoconferencia. Te lo contamos a continuación:


A la citada reunión virtual hemos acudido dos delegados de STAJ y les hemos trasladado todas vuestras dudas e inquietudes, reclamando soluciones concretas con la mayor urgencia. Por la administración se ha expuesto lo siguiente:


Equipos de protección y mamparas


Aseguran que ahora mismo hay de todo, porque se está comprando directamente por la Dirección General de Justicia todo lo que hace falta. Se deben administrar por los gerentes de los edificios o por los juzgados de guardia, aunque en la práctica son estos últimos los que se están encargando. Y es allí es donde deben recoger sus guantes, mascarillas o geles quienes tengan que acudir a su puesto de trabajo por una necesidad.

Cualquiera que tenga que acudir presenciálmente a su puesto de trabajo tiene derecho a que le suministren este material. Nos indican que si en algún sitio tienen carencias de cualquiera de estos materiales, que lo soliciten a través de estos emails: (reyes_inm@gva.es o majuelos_aur@gva.es)

Han puesto mamparas en la mayoría de puntos con acceso de público y seguirán poniendo donde haga falta.  De hecho nos piden que les digamos si hay alguna carencia al correo dgjusticia@gva.es

De las que ponen, algunas serán fijas y otras no, eso será algo que sobre la marcha ya verán, de momento únicamente van a poner lo que haga falta, ya se vera después.


Limpieza y desinfección


Se han reforzado especialmente en los juzgados de guardia y todos aquellos servicios que puedan tener afluencia de público. Aseguran que se limpia mucho más a fondo y con mayor frecuencia y que aplican soluciones desinfectantes en todas las superficies más sensibles, como mostradores, pomos de puerta, apoyabrazos en sillas, et..


Disponibilidad o presencia


Respecto a que en algunos servicios se esté obligando a ir a más gente de la necesaria, la Consellería se remite a lo acordado y nos dice expresamente “que si el Laj o Director dice que una persona tiene que ir deberá hacerlo a priori” Por nuestra parte añadimos que: sin perjuicio de la responsabilidad en la que podría incurrir dicho Laj o Director si dicha decisión fuese arbitraria o sin fundamento.


Exenciones por conciliación familiar o por patologías previas


Si bien comunicaron que cualquier solicitud se iba a dar por concedida, puntualizan ahora que están estudiando cada caso por separado e irán contestando a cada solicitante, por lo que podría darse el caso de que alguna solicitud fuese denegada a posteriori, sin que nos sepan concretar que efectos tendría dicha denegación.

Asimismo nos comunican que respecto a la exención por cuidado de hijos menores o de familiares mayores a su cargo, si alguien lo tiene solicitado y le cambian las circunstancias familiares deberá comunicarlo a su Laj y al correo donde pidió la exención, para de este modo volver a estar disponible en los turnos.


Interinos


Respecto a los interinos que ya habían sido llamados para elegir pero no se habían incorporado, han dicho que no se van a incorporar de momento.


Juzgados de paz


Insisten en que están de disponibilidad y no tienen que acudir diariamente, sino solamente cuando se les requiera. También han comentado que están valorando hacer algo tipo cita previa, mediante un sistema en el que la gente fuese a determinada hora y no se cruzasen.


Posibles casos de Coronavirus


Respecto al protocolo de actuacion para personas que presenten síntomas, nos repiten lo que dijeron en el Comité de Salud Laboral del pasado domingo, es decir, que el procedimiento es el indicado en el articulo 6 de la resolución inicial de servicios mínimos y consisten en lo siguiente:

El LAJ lo comunica a los afectados y al INVASSAT de la provincia, siendo el INVASSAT quien emite los informes recomendando la cuarentena (Justicia no tienen competencias al respecto, solo SANIDAD la puede decretar).

Se desinfectan las sedes u órganos afectados, en ocasiones todas y en otras solo el juzgado afectado y zonas comunes, depende de diversos factores. Pero nadie vuelve a trabajar en ellos hasta que la desinfección se ha realizado.

Las desinfecciones se realizan por un equipo especializado de CLECE, no por el personal de limpieza general, y se hacen según los protocolos dictados desde Ministerio, entregándose a la Administración justificante de su realización.

También nos han dicho que para poner a alguien en cuarentena debe haber pasado mas de 15 minutos a menos de dos metros de un positivo.

En caso de que haya otro caso en el mismo destino, se hace lo mismo, se le comunica al LAJ y este vuelve a empezar el proceso.

Este protocolo en el cual INVASSAT se hace cargo de valorar la situación es el mismo independientemente de que el afectado sea funcionario, LAJ o Juez.

Hemos reclamado que nos faciliten una relación de órganos en los que hayan personas que puedan haber dado positivo o estén de cuarentena y manifiestan que nos lo pasarán de forma periódica.

Asimismo hemos vuelto a solicitar Test para todos aquellos que estén en primera línea con el público, como guardias, Registros Civiles, etc.. responden que ya lo han solicitado por teléfono y que les han contestado que les contestaran en un sentido u otro tras la petición de los mismos por escrito.


Teletrabajo


Están estudiando la posibilidad de aplicarnos el teletrabajo y esperan que la semana que viene los Laj puedan ya acceder a todo y los funcionarios a continuación, previa autorización de su respectivo Laj.

Hemos preguntado sobre que medios materiales darían a los funcionarios para ello y nos han contestado que no disponen de ninguno y que cada uno se deberá apañar con lo que tenga. En ese punto nos recuerdan que no estamos dispensados de trabajar, sino solamente de acudir al centro de trabajo por motivos de prevención.


Futuros planes de choque


No han concretado nada, a pesar de que el Ministerio ya los está anunciando y el gobierno incluso los ha determinado expresamente en su último Real Decreto sobre medidas excepcionales en relación a la presente pandemia.


Cobro de nómina por el personal trasladado


Respecto a todo el personal que concursó a la Comunidad Valenciana y que no ha llegado a tomar posesión a causa de la suspensión de trámites administrativos, nos comunican que ya les han abonado la nómina, excepto en tres o cuatro casos puntuales que están pendientes de aportar una documentación. Y que se la abonarán en cuanto la aporten.


Posibles colaboraciones con otras administraciones


Respecto a la posibilidad de que alguien quiera desarrollar su trabajo colaborando con sanidad, a tenor del último Real Decreto que contempla esta posibilidad de colaboración entre administraciones, manifiestan que no han desarrollado todavía este punto pero lo intentarán. Lo dispuesto en dicho Real Decreto es lo siguiente:

"Las empleadas y empleados públicos en servicio activo que soliciten colaborar tanto en el ámbito de su administración de origen como en cualquier otra administración, en las áreas de carácter sanitario, sociosanitario, de empleo, para la protección de colectivos vulnerables y aquellas otras que requieran un refuerzo en materia de personal como consecuencia de la situación provocada por el COVID-19, seguirán devengando sus retribuciones por el organismo de origen, no suponiendo modificación de su situación administrativa o contrato de trabajo mientras dure la declaración de Estado de alarma. La prestación del servicio se podrá llevar a cabo tanto de manera presencial como a través de modalidades no presenciales de trabajo, previa autorización de su superior jerárquico y comunicación al órgano competente en materia de personal"



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> Personas excluidas de la prestación de servicios mínimos

> Actividades esenciales que se deben cubrir



Medidas de prevención y protección


Ante la obligación de prestar servicios mínimos hemos reclamado que se extremen las medidas de prevención. A continuación tenéis las disposiciones que se han dictado al respecto. El teléfono al que hay que llamar en caso de posible infección es el 900 300 555

Indicaciones para la comunicación de una posible infección

Actuación ante un caso confirmado de coronavirus

Procedimiento de actuación frente a casos de infección

Recomendaciones de actuación ante la enfermedad

Medidas de prevención para el personal de atención al público


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