12 de abril de 2020

Última hora: vuelta a la presencialidad en los diferentes órganos judiciales

Ante vuestras numerosas consultas en relación con la vuelta a los puestos de trabajo, os informamos que aún no se ha dictado ninguna resolución, si bien hoy lunes nos han convocado a una reunión por videoconferencia para tratar esta cuestión, dado que el estado de confinamiento absoluto de las últimas dos semanas ha finalizado.


En esa reunión se abordará la intención del Ministerio de incrementar las dotaciones presenciales para la atención del servicio mediante turnos, un incremento de las actuaciones a realizar, -que no se limitará a los servicios declarados esenciales- y las posibles modalidades de teletrabajo voluntario para aquellas actuaciones que así lo permitan. > Ver borrador remitido por el Ministerio - > Ver alegaciones de STAJ

En consecuencia, es posible que a partir del próximo martes entren en vigor unas nuevas medidas que os comunicaremos con más detalle inmediatamente en el momento sean aprobadas.

Desde este sindicato les hemos exigido lo siguiente:

- Que antes de reanudar la actividad se garanticen unas condiciones plenamente seguras, tanto en el transporte para ir a trabajar como en el centro de trabajo. Sin la debida seguridad no se puede retomar la actividad.

- Todo el personal que se incorpore debe contar con la protección adecuada para desempeñar su labor sin riesgos, como mascarillas, guantes y geles, así como con unos protocolos claros de prevención y control para asegurar que se mantendrán las distancias de seguridad dispuestas por sanidad.

- Se debe garantizar una continua limpieza exhaustiva de todos los elementos y utensilios que puedan ser vectores de transmisión y que los sistemas de climatización no estarán en ningún momento en modo recirculación y utilizarán siempre una toma de aire exterior.

Asimismo les hemos instado a que mantengan únicamente en sus puestos a las personas absolutamente imprescindibles, que dispongan de forma inmediata el abandono de los lugares de trabajo que puedan conllevar un posible riesgo y que apliquen escrupulosamente todas las medidas necesarias para evitar riesgos o perjuicios evitables.

Os recordamos de nuevo que si en cualquier momento no se cumplen estas condiciones en vuestro puesto de trabajo, nos lo comuniquéis de inmediato para tomar con urgencia las medidas oportunas.

Por los Delegados de STAJ se continuará realizando la labor de vigilancia y control que nos atribuye el artículo 36 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, actuando de forma urgente en las ocasiones que fuese necesario y exigiendo en su caso las oportunas responsabilidades.

> Ver borrador remitido por el Ministerio


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