21 de mayo de 2020

Evolución de la desescalada: resultado de la reunión con el Ministerio

Respecto a la inminente aplicación de la segunda fase de la desescalada  ha tenido lugar una reunión entre las organizaciones sindicales y el Ministerio de Justicia, de la que cabe destacar los siguientes aspectos:


Fechas de inicio


El 26 de Mayo se activa la segunda fase de la desescalada, con la reincorporación de entre el 60 y el 70% de todo el personal

El 1 de Junio se levanta la suspensión de los plazos administrativos

El 4 de junio se levanta la suspensión de los plazos procesales.

La semana del 8 de junio se prevé la implementación de la fase 3, con la reincorporación del 100% de las plantillas disponibles en los distintos órganos judiciales.

Se suspende sine die la entrada de nuevos órganos prevista para el 31 de mayo. Dicho presupuesto se destinará, con seguridad, a la creación de juzgados extraordinarios por COVID19

Los órganos de salud laboral de las CCAA y el Ministerio han de elaborar protocolos de actuación respecto a salas de vista, salas de espera, etc, para los ciudadanos que acudan a los órganos judiciales. Así como el establecimiento de la cita previa, sin la cual no podrá accederse a los juzgados y tribunales.

Se espera que la normalidad de trabajo se de a partir del mes de septiembre. Y es en esa fecha cuando prevén implementar distintos planes de actuación para la agilización de la justicia.

Dotaciones de personal


En esta segunda fase debe asistir de forma presencial entre el 60-70% del personal de cada órgano, calculado sobre su plantilla efectiva e incluyendo a los funcionarios de gestión, tramitación y auxilio.

Los responsables funcionales podrán acordar la presencia de un porcentaje superior por necesidades del servicio, y siempre previa autorización de la Dirección General de Justicia. No podrá autorizarse este incremento cuando sea incompatible con los criterios de salud laboral sobre ocupación de los espacios.

En esta segunda fase, quienes realizan actualmente teletrabajo serán los últimos en la reincorporación presencial y sólo realizarán ésta cuando el personal disponible en los juzgado no alcance los porcentajes aprobados en la orden Ministerial.

Horarios y turnos de tarde


En esta segunda fase también se pueden determinar turnos de tarde en los órganos judiciales. Únicamente serán necesarios cuando las medidas de seguridad sanitaria y distancia social entre el personal hagan imposible la reincorporación de todos en un mismo turno.

Los órganos de salud laboral competentes en cada ámbito transferido serán  los únicos competentes para determinar en qué órgano judicial es necesario establecer turno de tarde.

En los órganos donde se establezcan turnos de mañana y tarde, se modificarán los horarios pasando a realizar seis horas los que acudan por la mañana y cuatro y media los que lo hagan por la tarde.

Con la segunda fase también desaparece el horario extraordinario de los Registros civiles,(ya puestos prácticamente al día en el registro y certificación de las cargas de trabajo extraordinarios por COVID)  con lo que vuelven a su horario ordinario de trabajo, respetando las medidas de distancia social ordenadas por sanidad.

Exenciones


Quienes estén de permiso por deber inexcusable por cuidado de hijo menor de 14 años o de familiar dependiente, continuarán en dicha situación, si bien se incrementarán las medidas de justificación y control de tales permisos. Dicho permiso afectará a quienes no puedan flexibilizar su horario de trabajo con las alternativas existentes o no pudieran desarrollarlo en modo teletrabajo.

Tampoco podrá ser llamado a formar parte de los turnos presenciales el personal que tenga reconocidos permisos por patologías susceptibles de agravarse por efecto del COVID-19, en tanto no se verifique por el servicio de prevención en qué condiciones puede prestar servicio en situación de seguridad.

Corresponderá a cada administración competente determinar la forma de acreditación y justificación de las circunstancias sujetas a estos criterios de exclusión formal.


> Ver borrador de orden ministerial


Medidas para la Comunidad Valenciana


La Dirección General de Justicia nos ha convocado por su parte a una mesa de negociación el próximo lunes por la tarde, en la que previsiblemente se abordará la interpretación de las órdenes ministeriales para nuestro ámbito, así como todo lo relativo a los posibles turnos y horarios durante esta segunda fase.

Conviene recordar que, si bien el Ministerio ostenta el mando único a nivel de la crisis sanitaria, las comunidades autónomas siguen manteniendo sus competencias y las propias órdenes ministeriales les otorgan capacidad de interpretación o adaptación en sus ámbitos.

Desde STAJ seguiremos manteniendo la misma la misma postura que defendemos desde el principio de la crisis, y que se resume en los siguientes puntos:

- Que se flexibilicen al máximo los horarios de entrada y salida, con el fin de evitar aglomeraciones en los accesos a las sedes judiciales, así como en las zonas comunes como ascensores, escaleras o pasillos.

- Que se garantice en todas las sedes judiciales el suministro de equipos de protección, la instalación de mamparas protectoras y la limpieza y desinfección diarias de todos los elementos que pudieran ser vectores de contaminación.

- Que se garantice en todo momento la distancia mínima de seguridad, tanto entre los diferentes puestos de trabajo como en los accesos y zonas comunes o de paso.

Asimismo seguimos reclamando que se disponga de forma inmediata el abandono de los lugares de trabajo que puedan conllevar un posible riesgo de contagios.

Os recordamos de nuevo que si en cualquier momento no se cumplen estas condiciones en vuestro puesto de trabajo, nos lo comuniquéis de inmediato para tomar con urgencia las medidas oportunas.

Los Delegados de STAJ continuaremos realizando la labor de vigilancia y control que nos atribuye el artículo 36 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, actuando de forma urgente en las ocasiones que fuese necesario y exigiendo en su caso las oportunas responsabilidades.